11 Aug 2021

Los cambios principales que hay que tener en cuenta con el nuevo certificado energético

Publicada en Inmobiliaria

En Lasose Properties & Investments te explicamos cuáles son los cambios principales que hay que tener en cuenta con el nuevo Real Decreto 390/2021, sobre el procedimiento con la certificación de la eficiencia energética de los inmuebles.

Desde el año 2013 sabemos que es obligatorio contar con el certificado de eficiencia energética para poder alquilar o vender un inmueble.

El pasado 3 de junio, y debido a la necesidad de adecuar la normativa a los objetivos marcados en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030, el gobierno estableció un nuevo Real Decreto que deroga el anterior.

En Lasose Properties & Investments te explicamos cuáles son los cambios principales que hay que tener en cuenta con el nuevo Real Decreto 390/2021, sobre el procedimiento con la certificación de la eficiencia energética de los inmuebles.

Tras 8 años desde la entrada en vigor del antiguo Real Decreto 235 de 2013 se hacía necesario actualizar la normativa actual, con el objetivo de modificar las bases de datos para el registro del certificado energético y crear una vinculación de incentivos financieros para mejorar la eficiencia energética.

Dentro de los cambios más significativos que incorpora esta nueva ley, se incluyen:

  • Ampliación de obligación de presentar el certificado energético, no solo a las viviendas habituales y locales sino cualquier construcción con una superficie útil total superior a 500 m² y destinadas a otros usos: colegios, hospitales, oficinas, instalaciones deportivas e incluso viviendas vacacionales. Además, los edificios que tengan que pasar obligatoriamente la Inspección Técnica de Edificios, también tendrán que contar con su certificación energética.
  • Esta obligatoriedad de publicación del certificado energético, no solo será para los propietarios sino también para los agentes inmobiliarios.
  • Para garantizar un certificado de eficiencia energética de calidad, el técnico competente, tendrá que realizar una visita presencial in situ y anotar la fecha de la visita.
  • La validez continuará siendo de 10 años, excepto cuando la calificación energética sea G, en ese caso, tendrá una validez solamente de 5 años.

Todos estos cambios van encaminados a mejorar la imagen del certificado energético y a la comprensión de este procedimiento por parte de todos los ciudadanos.

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