08 Feb 2021

¿Qué impuestos debo pagar por vender un inmueble en Cataluña?

Publicada en Inmobiliaria

El proceso de venta de una vivienda, puede ser algo complicado si no estamos formados y experimentados en el tema, por eso, la mayoría de las personas gestiona la venta de su inmueble a través de una agencia inmobiliaria, para poder obtener todas las respuestas a las preguntas que surgen durante un proceso de compraventa.

El proceso de venta de una vivienda, puede ser algo complicado si no estamos formados y experimentados en el tema, por eso, la mayoría de las personas gestiona la venta de su inmueble a través de una agencia inmobiliaria, para poder obtener todas las respuestas a las preguntas que surgen durante un proceso de compraventa. Una de las cosas que hay que tener clara cuando se vende un inmueble, es conocer los gastos que conlleva esa operación, entre los que se incluyen impuestos, estos son los que les corresponde pagar al vendedor.

  • Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI): este impuesto tiene que estar liquidado en el momento en el que se firme la operación de venta y corresponde a la persona que ha sido propietaria del inmueble con fecha 1 de enero de ese año. A veces, se puede pactar el pago de este impuesto entre el comprador y el vendedor, en cuyo caso cada uno abonaría la parte proporcional que le corresponda.
  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): la venta de un inmueble supone una ganancia o una pérdida patrimonial, que hay que declarar en nuestra declaración de la renta del año posterior a la venta. Si ha habido ganancia patrimonial, esto es, si la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de transmisión sale positiva, este impuesto tributará dependiendo de la ganancia obtenida.
    1. Hasta 6.000€ al 19%.
    2. Entre 6.000€ y 200.000€ al 21%.
    3. A partir de 200.000€ al 23%.
  • Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (plusvalía municipal): este es el impuesto que grava el incremento del valor del terreno donde está ubicado el inmueble, depende del valor catastral, de los años que hemos tenido este inmueble en propiedad y del tributo determinado por el Ayuntamiento, y hay que liquidarlo durante los 30 días posteriores a la venta.

En Lasose Properties & Investments te asesoramos durante todo el proceso de venta, gestionando y tramitando toda la documentación necesaria, incluyendo el tema fiscal, para que puedas vender tu propiedad con las máximas garantías.

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